Logo MontecristiMONTECRISTI.NET

© 2026 montecristi.net. Todos los derechos reservados.

Condenan a Mía Cepeda por difamación e injuria: deberá pagar RD$2 millones

Publicado en Montecristi.net
Publicado en Montecristi.net
6 de noviembre de 2026
Fuente: Diario Al Día
Condenan a Mía Cepeda por difamación e injuria: deberá pagar RD$2 millones
Logo Montecristi.net
MONTECRISTI.NET

Montecristi.net| Santo Domingo, República Dominicana – La comunicadora Mía Fernanda Cepeda Marte, conocida como Mía Cepeda, fue declarada culpable de difamación e injuria mediante medios electrónicos por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

El tribunal le impuso tres meses de prisión suspendida, una indemnización de RD$2 millones y una multa equivalente a 25 salarios mínimos, como resultado de una querella presentada por Ricardo Carrasco Alcántara.

La decisión también establece que Mía Cepeda deberá realizar 30 horas de trabajo comunitario y mantener un domicilio fijo, condiciones vinculadas a la suspensión de la pena de prisión.

¿Por qué fue condenada Mía Cepeda?

El proceso judicial se originó a partir de una querella interpuesta por Ricardo Carrasco Alcántara, quien acudió a los tribunales por hechos relacionados con difamación e injuria cometidos a través de medios electrónicos.

Tras conocer el expediente, los jueces determinaron la responsabilidad penal de Cepeda Marte y establecieron las sanciones correspondientes, conforme a la legislación dominicana sobre delitos de alta tecnología.

La sentencia está identificada con el número 047-2026-SSEN-00162 y se fundamenta en la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

La información disponible sobre el fallo no precisa las expresiones concretas que dieron origen a la querella ni identifica las plataformas digitales utilizadas.

¿Mía Cepeda tendrá que ir a prisión?

Aunque la condena contempla tres meses de prisión, el tribunal dispuso la suspensión de su ejecución, por lo que la decisión no implica su ingreso inmediato a un centro penitenciario.

La suspensión está sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas por los jueces, entre ellas conservar un domicilio fijo y completar las 30 horas de servicio comunitario.

Esta modalidad permite que una persona condenada no cumpla inicialmente la pena en prisión, siempre que respete las obligaciones judiciales impuestas durante el período correspondiente.

Indemnización de RD$2 millones y otras sanciones

En el aspecto civil, el tribunal ordenó que Cepeda Marte pague RD$2 millones a Ricardo Carrasco Alcántara, como compensación por los daños reconocidos en la sentencia.

Esta cantidad es independiente de la multa equivalente a 25 salarios mínimos, que constituye otra de las sanciones económicas establecidas en el fallo.

La resolución también dispone el pago de las costas judiciales, correspondientes a los gastos procesales que deberá asumir la condenada.

De esta manera, la decisión establece responsabilidades tanto penales como civiles, con obligaciones que abarcan el cumplimiento de medidas personales y el pago de las cantidades ordenadas.

La información disponible no establece si la sentencia ha sido recurrida ni confirma que haya adquirido carácter definitivo.

Por el momento, las medidas comunicadas incluyen la prisión suspendida de tres meses, las 30 horas de trabajo comunitario, el domicilio fijo, la multa de 25 salarios mínimos, la indemnización de RD$2 millones y las costas judiciales.

Publicidad
Publicidad — Periódico Montecristi

Noticias Relacionadas

Compartir: