Tribunal dicta sentencia contra Mía Cepeda por difamación e injuria

Noticia País.
La Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró culpable a Mía Fernanda Cepeda Marte por difamación e injuria mediante medios electrónicos.

La decisión judicial establece una condena de tres meses de prisión suspendida y el pago de una indemnización de RD$2 millones, a favor de Ricardo Carrasco Alcántara.
El proceso fue conocido a partir de una querella presentada por Carrasco Alcántara, quien figura como la parte afectada en el expediente que dio origen a la resolución del tribunal.
La sentencia, identificada con el número 047-2026-SSEN-00162, establece las responsabilidades penales y civiles determinadas por los jueces tras conocer el caso.
Aunque el tribunal impuso una pena privativa de libertad, dispuso que su ejecución quedara suspendida, siempre que Cepeda Marte cumpla las condiciones establecidas en el fallo.

Entre esas disposiciones figura la obligación de mantener un domicilio fijo, como parte de los requisitos que deberá observar durante el período correspondiente a la suspensión.
La condenada también tendrá que realizar 30 horas de trabajo comunitario, una medida incluida expresamente entre las condiciones fijadas por el órgano judicial.
Además de estas obligaciones, la decisión contempla una multa equivalente a 25 salarios mínimos, que forma parte de las sanciones económicas impuestas en el proceso.
En el aspecto civil, los jueces determinaron que Cepeda Marte deberá compensar económicamente al querellante por los perjuicios reconocidos en la sentencia.
La indemnización fue establecida como una medida de reparación por los daños ocasionados, conforme a lo dispuesto por el tribunal al resolver la reclamación presentada.

El fallo también ordena que Cepeda Marte cubra las costas judiciales, por lo que deberá asumir los gastos procesales establecidos en la decisión.
La resolución se fundamenta en la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, normativa utilizada para conocer las conductas atribuidas a la condenada mediante plataformas electrónicas.
La sentencia distingue entre las consecuencias penales del caso, sujetas a las condiciones de suspensión, y las obligaciones económicas derivadas de la responsabilidad civil.
Tras la decisión, Mía Cepeda deberá cumplir las 30 horas de trabajo comunitario, mantener un domicilio fijo y asumir la multa, la indemnización y las costas judiciales ordenadas.
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